jueves, 9 de junio de 2011

Me ha dicho un amigo que me transforme en Sociedad Limitada.

Hace unos días, realizando un curso de formación donde se tocaba materia contable, fiscal..., te das cuenta del cambio que nuestros legisladores le están dando a la administración en general de las Sociedades Mercantiles al intentar adaptarlas a las Normas Internacionales.

Solamente en materia Contable el cambio fue brutal con el NPGC 2007 al que hubo que adaptar todas las sociedades con un gran esfuerzo por parte de los despachos profesionales (asesorías, gestorías, etc) y esto solo fue el principio ya que como tenemos la gran suerte de contar con unos Legisladores que manejan a la perfección el corta y pega, pues eso han aplicado el corta y pega de las Normas Internacionales a la Española, resultado “ todas las sociedades son iguales” no importa tamaño, facturación, plantilla....

El resultado no es otro que el endurecimiento de las obligaciones de las Sociedades ya que la Normativa que va surgiendo esta diseñada para Sociedades que cuentan con sus propios departamentos contables y llevan una contabilidad diaria, pudiendo controlar los pagos, los cobros, los plazos, las incidencias, en resumen ¡como hay que llevar una contabilidad , ni más, ni menos ! .



Pero dicho esto, me pregunto ¿ alguien ha pensado en las S. Limitadas ?

   

 En España existen aproximadamente unas 75.000 Sociedades Limitadas, con mucha diferencia respecto a otros tipos de sociedades, me atrevería a decir y seguramente me quede corto, que el 60% de estas sociedades están formadas por pequeños autónomos que un día decidieron transformarse en S. Limitadas y que muy pocos o ninguno de estos autónomos realizo un estudio financiero-fiscal para comprobar si resultaba beneficioso transformarse en S.L, o no.

En conversaciones con compañeros de profesión sobre las explicaciones que nos dan los clientes para transformarse en S.L; las que más se repiten son las siguientes:



Me dijo un amigo que tiene una, que me ahorraba impuestos.

Si no me hacia S.L, no me subcontrataban en las obras.

Por imagen.

Por salvaguardar mi patrimonio personal ( esta es muy buena ya que tienen que solicitar un préstamo para compra de maquinaria y tienen que avalarlo con sus bienes particulares).



Otro defecto muy importante es la dificultad que tienen los administradores en distinguir lo que es de la sociedad y lo que es suyo a titulo particular, incluido la cuenta del banco, ahora saco, ahora pongo y ahora saco y no pongo.



Lo que quiero decir con esto es que existe muy poca cultura empresarial, que no emprendedora,  que no es lo mismo y que constituir una Sociedad Limitada es algo más serio de lo que parece y que cuando menos deberíamos informarnos bien de las obligaciones que conlleva y de la responsabilidad del administrador.



“Constituir una S.L; es como tener un hijo, depende de ti pero es totalmente independiente”.



Volviendo al endurecimiento de la Normativa, ahora traten de aplicar las Normas Internacionales a este tipo de sociedades....., por favor no se rían, a los asesores no nos hace ninguna gracia, sinceramente veo muy mala solución a este tema  ya que las opciones son muy pocas y complicadas:



Que los asesores se desplacen a las empresas a controlar los cobros, pagos, incidencias, problema, se le disparara el recibo mensual por asesoría.



Contrato un contable en plantilla, problema aumenta el gasto en personal.



Me aplico, pierdo un rato todos los días, ordeno las facturas y tomo las notas de incidencias ocurridas, saco un extracto de bancos y realizo los apuntes aclaratorios oportunos de vencimientos de pagos y cobros, etc y una vez a la semana o diez días me paso un rato a ver a mi asesor.

En cualquier tipo de negocio tan importante es tener una gran cartera de clientes, como realizar una buena gestión, la falta de cualquiera de ellas llevara tu negocio al traste.


Por ultimo decir que espero que nadie que pertenezca a una S.L; se sienta ofendido por alguno de mis comentarios, en caso de que alguien se haya podido sentir ofendido les ruego mis más sinceras disculpas, pero el objeto de este artículo no es otro que concienciarles de la  responsabilidad que contraen cuando constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada.